miércoles, 26 de enero de 2011

ERNESTO RODRÍGUEZ - SOBRE LA LEY DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA (SEGUNDA PARTE)

En esta segunda parte voy a argumentar a favor de que los estudiantes ingresen a la universidad con un curso propedéutico sin hacer un examen de admisión. Con respecto a la participación electoral de los empleados y obreros en la elección de las autoridades universitarias lo analizaré próximamente.

Veamos un breve recuento de la autonomía universitaria en nuestro país. La Universidad de Caracas, hoy Universidad Central de Venezuela, nació el 22 de diciembre de 1721 cuando por Real Cédula se erigió en universidad el Seminario de Santa Rosa de Lima. Posteriormente, por Real Cédula del 4 de octubre de 1781 se le concede la autonomía, con la facultad de dictar sus propias normas internas y la de elegir el rector por el claustro universitario.

Al alcanzar la independencia en 1827, Simón Bolívar (1783-1830) decretó la autonomía universitaria el 24 de junio de 1827, dotándola también de de ricas haciendas  para que, con sus rentas, se financiase, garantizando su independencia económica. El historiador venezolano José Luis Salcedo Bastardo (1926-2005) en su: “Historia Fundamental de Venezuela” (1982) dice: “Bolívar fue muy decidido al beneficio universitario.

Los estatutos o constituciones que, preparados con Vargas y Revenga, dicta en 1827 para la universidad caraqueña, consagran la verdadera autonomía de ella […] y con bienes bastantes para su financiamiento” (Cap. “Moral y Luces”)….¡Esto es muy importante porque, desde esta perspectiva, el actual gobierno es, en la práctica, ¡anti-bolivariano con las universidades! 


Posteriormente la autonomía tuvo grandes enemigos. José Tadeo Monagas (1784-1868) en 1849 hizo dictar un “Código de Instrucción Pública” en el cual estipulaba: “no podrán proveerse las cátedras en propiedad, ni en interinato, en personas desafectas al Gobierno Republicano […] También podrá el Poder Ejecutivo, usando de la facultad gobernativa, remover de sus cátedras a los catedráticos que fueren desafectos al Gobierno” (1).


El General Antonio Guzmán Blanco (1809-1899) decretó el 24 de septiembre de 1883 que: “El Rector y el Vicerrector serán nombrados libremente por el Ejecutivo Federal, que nombrará también a los catedráticos de ternas propuestas por el Rector” (2). Además Guzmán despoja a las universidades de sus bienes obligándolas “a la venta de todas sus propiedades urbanas y rurales” y estableciendo que cubriesen sus gastos con los fondos que se les asignasen en el Presupuesto Nacional con lo que se impuso el control mediante el chantaje financiero (3).

El 24/11/1948 hubo un golpe de estado y una Junta Militar capturó el poder hasta el 13/11/1950 y las universidades sufrieron la falta de autonomía. Luego el General Marcos Pérez Jiménez (1914-2001) ejerció la dictadura entre 1952 y 1958 y fueron cerradas las universidades autónomas y muchos estudiantes emigraron del país. En 1958 al caer el dictador se sanciona la Ley de Universidades que reconoce la autonomía universitaria (Art. 9) y la inviolabilidad de sus recintos por organismos de seguridad del estado.

No obstante, Raúl Leoni (1905-1972) en su presidencia (1964-1969) allanó la UCV y Rafael Caldera (1916-2009) en su primera presidencia (1969-1974) allanó la UCV y la ULA, donde murieron abaleados los estudiantes Carlos Bello, Domingo Salazar y otros. No obstante, las universidades lucharon y defendieron su autonomía. Ahora el gobierno estrangula económicamente a las universidades y la LEU representa una gravísima amenaza, pues basta leer el Art. 11 que concentra muchos poderes en el Ministro de Educación Universitaria, lo cual viola los Artículos 102 y 109 de la Carta Magna….

¡Pero las universidades autónomas rechazarán este intento dictatorial y anti-bolivariano!!!. En la Tercera Parte de este análisis veremos la Reforma de Córdoba de 1918. NOTAS: (1) Alexis Márquez Rodríguez “Autonomía Universitaria (I)”, Pag web del diario “Tal Cual”, 7/01/2011 (2) Ibidem (3) Ibidem.     

Ernesto Rodríguez
Profesor NURR-ULA

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