Hace nueve meses murió Franklin Brito, después de mantener una huelga de hambre por espacio de más de un año y poner en jaque a las autoridades por su firme voluntad de defender lo que le correspondía. No aceptó soluciones a medias, ni la satisfacción material de sus exigencias, porque lo que él planteó es el reconocimiento de sus derechos sobre una tierras de su propiedad y trabajadas por él. Por su firmeza, apelando a una huelga de hambre, fue recluido en un hospital forzosamente, bajo el alegato de la protección a su vida y en razón de un supuesto desequilibrio mental, que deben tener todos los que abogan por los derechos humanos. ¡La salvaguarda de su vida fue tan eficaz que murió en el hospital y estaba tan loco que llevó su lucha hasta el final! La privación de su libertad la ordenó un juez penal a solicitud de la Fiscalía, sin que hubiera caso penal, salvo la reclusión que ocurrió después y que debió hacerse cesar de inmediato. Los argumentos del Ministerio Público y del juez penal son inaceptables. La pretendida protección a la vida no puede justificar la privación de libertad de una persona, aunque si debería mover al Estado a velar por tantos venezolanos en riesgo de muerte, lo cual no parece importarle a los garantes de los derechos humanos. Franklin Brito constituyó un ejemplo de lucha por sus derechos. Se enfrentó solo al poder y éste no pudo doblegarlo, sufriendo él y su familia el castigo severo por su actitud de protesta pacífica que no pudo ser acallada sino por la violencia. Pocos lo acompañaron en vida y después de su muerte. Múltiples voces le pidieron cesar en su actitud, pero, igualmente, se enfrentaron a una roca que solo creía en el lenguaje que proclamamos en encendidos discursos, pero que no tiene que ver con lo que ocurre en la realidad. Franklin Brito no quiso suicidarse. Ello no estaba en sus planes. Quiso luchar sin tregua por una vida digna; quiso demostrar que es necesario estar dispuesto a defender lo que nos corresponde; quiso dar ejemplo como luchador social y hombre de ideales. El Estado, por su parte, equivocó su función. Le corresponde velar por la vida de todos los ciudadanos y, en particular, es garante de los que tiene bajo su guarda directa; le corresponde atender prioritariamente a quienes padecen, en verdad, problemas mentales -que no fue el caso de Brito- pero esto, que normalmente no hace, debe ser llevado a cabo respetando los derechos humanos y el sistema de legalidad. Los tribunales penales deben saber que solo pueden intervenir cuando se ha cometido un delito y que la reclusión en un centro especializado solo puede ocurrir como medida de seguridad para el declarado inimputable que ha cometido un hecho punible grave, centro que no existe en Venezuela. Ya no tenemos a Franklin Brito, pero su firme posición en defensa de sus derechos, debe ser ejemplo para una nueva sociedad, sin que pueda aceptarse que quien actúa, ejerciéndolos, deba por ello ser castigado. |
El Universal, 08 de junio del 2011.
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