miércoles, 25 de mayo de 2011

EDGAR JAIMES - GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA Y SUS INDICADORES (PARTE 4)

Control de la corrupción. Es el sexto indicador de gobernabilidad evaluado por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Banco Mundial (BM) en 209 países en el periodo 1996-2004 (**).

Este índice sirve para caracterizar la gobernabilidad de un país ya que mide el abuso del poder público para el beneficio privado, la corrupción a menor y en gran escala, incluyendo el secuestro del Estado por las élites y cúpulas del poder establecido.

La  corrupción viola  sistemáticamente  el  fundamento de  la  ciudadanía democrática al perpetuar la desigualdad sustentada en el acceso de unos pocos al poder, al dinero y a otros recursos, dificultando el libre ejercicio de los derechos humanos.

Según el informe del PNUD y el BM, Venezuela tiene poco control de la corrupción en Latinoamérica, tal como lo demuestran los  resultados que se indican a continuación:

Chile (89); Costa Rica (77); Uruguay (71); Panamá (55); Brasil (53); Colombia (52); México (49); Nicaragua (46); Perú (45); El Salvador (44); Argentina (43) República Dominicana (41); Cuba (33); Honduras (30); Guatemala (27); Ecuador (27); Bolivia (25); Venezuela (14); Paraguay (13) y Haití (02).

El promedio para la región, en el periodo 1996-2004, fue de 57; además, para el año 2007 nuestro país ya había descendido al penúltimo lugar, con un valor de 12 puntos, superando solo a Haití.

Entre los factores que explican estos magros resultados para Venezuela se destacan los siguientes:

1. Ineptitud de los directivos y funcionarios de la administración pública a nivel local, regional y nacional.

2. Impunidad a la hora de sancionar los delitos de corrupción.

3. Carencia de normas de protección para aquellos funcionarios que denuncien la comisión de actos de corrupción.

4. Ineficacia en la aplicación del sistema de compras del gobierno que garanticen eficiencia y transparencia de la gestión pública.

5. Ausencia de rendición de cuentas por parte de los funcionarios públicos.

6. Concentración de poder en el Presidente de la República por ser quien en la actualidad administra, con amplia discrecionalidad, los recursos de la hacienda pública sin ningún control del Estado.


7. Amparo del Estado a la delincuencia organizada (narcotráfico, importación de alimentos y de otros bienes y servicios), potenciando la corrupción a todos los niveles del gobierno. Ejemplo: los casos “PUDREVAL”; “Maletín de Antonini”; y el de “Makled” (***), por solo citar los más visibles.

8. Poca eficacia de los sistemas policiales y demás organismos de seguridad ciudadana.

9. Establecimiento de un sistema de poder socio-político representado por un modelo de  “Estado-Gobierno-Partido” caracterizado por no distinguir límites entre esas instancias y reproducir en la totalidad de la administración pública los mecanismos que estimulan la corrupción (tráfico de influencia, repartición de cargos públicos, asignación de recursos, entre otros vicios).

En resumen, considerando los  indicadores analizados en las partes 1, 2 y 3 de esta serie de artículos, concluyo mostrando el nivel ponderado de la Gobernabilidad en  Latinoamérica,  en el periodo 1996-2004 (**), resaltando el caso de Venezuela, es decir:

Chile (86); Costa Rica (75); Uruguay (67); Panamá (57); Brasil (53); México (53); El Salvador (49); República Dominicana (43); Nicaragua (40); Perú (40); Argentina (39); Colombia (37); Bolivia (37); Honduras (34); Guatemala (29); Ecuador (27); Cuba (23); Paraguay (22); Venezuela (17).

En general, al pueblo venezolano no le queda otra salida que enfrentar con  decisión  y  persistencia los problemas determinantes de esta baja gobernabilidad principalmente la corrupción. Para lograrlo requiere de controles  permanentes y medidas preventivas concretas, además de un sistema  judicial con total independencia. En ese sentido, Transparencia Internacional, en su barómetro de la corrupción de 2010 (****), tiene recomendaciones al respecto.

Como medida extrema le queda solo invocar la aplicación del recurso constitucional establecido en el Artículo 350, según el cual: “El  pueblo  de  Venezuela… desconocerá cualquier…autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos”. ¿Qué estamos esperando?

Edgar Jaimes (*)


Referencias indicadas:
(*) Profesor Titular Jubilado del NURR-ULA, jaimes.5060@gmail.com
(***)http://www.laverdad.com/detnotic.php?CodNotic=59589
(****)http://www.transparencia.org.es/BAROMETRO%20GLOBAL%202010/INFORME%20DETALLADO%20SOBRE%20EL%20BAROMETRO%202010.pdf

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