miércoles, 24 de febrero de 2016

RENUNCIA A LA PRESIDENCIA




RENUNCIA A LA PRESIDENCIA
Luis Marín


La Cátedra Pío Tamayo de la UCV realizó un foro con María Corina Machado el lunes 22-02-16 para debatir sobre la renuncia, a la que se añadió el abandono del cargo como otra propuesta sobrevenida a la que no podía dejar de prestarle atención, en el entendido de que las otras opciones han sido ya bastante discutidas, aunque no agotadas.

El tema de La Salida alcanzó el primer lugar en la palestra pública, lo que ya de por sí es un gran éxito para sus proponentes, al punto de que el mismo Maduro propuso que le hicieran un referéndum revocatorio, no porque se le hubiera ocurrido sino para hacer lo mismo que hizo Chávez para meter a la oposición en ese pantano con los resultados que son harto conocidos y en los que ya nadie debería volver a caer.

Pero el consenso se deshace en el cómo: referendo revocatorio, asamblea constituyente, reforma o enmienda constitucional, renuncia, abandono del cargo e incluso la usurpación, que es lo que se infiere de pedir la partida de nacimiento del “ilegítimo”.

Como antecedentes de renuncias presidenciales pueden encontrarse uno remoto y otro muy reciente. El primero fue José María Vargas que renunció en 1836, con la salvedad de que en realidad nunca quiso ser elegido, aceptó con mucha reticencia el mandato y una vez escarmentado le rogó al Congreso que lo relevara de esa obligación para la que no se consideraba capacitado.

Un caso único en la historia y muy caro a la UCV que todavía sigue llamando a la del Rector “la silla de Vargas”, que ocupó de 1827 a 1829. Mucho ha cambiado desde entonces: la actual rectora es quien la ha ocupado por más tiempo, rompiendo el record anterior de siete años que ostentaba Jesús María Bianco.

Sin que esto implique ninguna acusación, porque ha sido el régimen quien a través de su Tribunal Supremo de Justicia ha impedido que se hagan elecciones en las universidades y todos los cargos tienden a volverse interinos y sin término definido.

El caso más reciente fue el de Chávez, que podríamos denominar como el mundo al revés del general Lucas Rincón, que puede resumirse en su célebre frase: “Se le solicitó al señor presidente de la República la renuncia de su cargo, la cual aceptó”.

Una confusión ilustrativa de la turbulencia mental de Lucas Rincón: ¿Quién renuncia? ¿Quién acepta? El que renuncia no es el que acepta. En Derecho, la renuncia es una declaración unilateral de voluntad a la que sigue la aceptación. Es lo que recoge la Ley del Estatuto de la Función Pública que exige sólo dos requisitos: que sea escrita y debidamente aceptada. Importa añadir que si la renuncia no es aceptada el funcionario debe permanecer en el cargo, en todo caso, mantenerse allí mientras llega su reemplazo.

Ahora bien, el Presidente es un funcionario electivo (no de carrera) para un período fijo determinado y aunque la renuncia está contemplada no está reglamentada, ni hay precedentes salvo el de Vargas, pero en aquel entonces como elegía indirectamente el Congreso es comprensible su ruego para que éste le aceptara la renuncia.

No es el caso hoy que la elección es universal, directa y secreta; pero es absurdo pensar que se renuncie ante el pueblo y esperar que éste acepte. La solución obvia es que haya un consentimiento tácito y funcione el mecanismo para cubrir la vacante.

La Asociación de Profesores de la UCV acogió en un comunicado la tesis de la renuncia pero a ninguno se le escapa la respuesta que tradicionalmente se da a estas demandas acuñada por Rómulo Betancourt: “Yo no renuncio, ni me renuncian”.

Con lo que resulta doblemente necesario considerar la siguiente alternativa.

ABANDONO DEL CARGO

Debe realizarse una lectura concatenada de los artículos 232 y 233 de la Constitución. El primero dice que el presidente es responsable de sus actos y del cumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo y añade, está obligado a: Procurar la garantía de los derechos y libertades de los venezolanos; así como la independencia, integridad, soberanía del territorio y defensa de la República.

Y como si estuviera haciendo un traje a la medida concluye: “La declaración de los estados de excepción no modifica el principio de su responsabilidad”.

Al margen de la redacción desmañada del constituyente sobre la que no podemos detenernos en este momento, lo cierto es que la mera lectura da para preguntarse si el derecho de los venezolanos a la vida, propiedad, dignidad o la libertad de pensamiento, expresión y comunicación, están garantizados, por poner sólo unos pocos ejemplos.

No hablemos de la independencia, integridad soberanía del territorio o la defensa de la República, es decir, vale preguntarse si el presidente está haciendo su trabajo o si lo está haciendo satisfactoriamente.

Toda la doctrina y la jurisprudencia esta conteste unánimemente en que el abandono no se refiere solamente al abandono físico del cargo, que el funcionario se ausente, que se vaya, como hizo Fujimori; sino también que aunque esté en su despacho no haga lo que tiene que hacer, que no cumpla con las obligaciones inherentes al cargo.

En todo caso, quien hace la calificación del abandono es la Asamblea Nacional, según la Constitución que establece en su artículo 233, entre las faltas absolutas del presidente, el abandono del cargo “declarado como tal por la Asamblea Nacional”.

Por supuesto que la AN puede declarar el abandono del cargo, porque es su prerrogativa y la Constitución no pone ninguna condición adicional; pero el mecanismo sólo puede funcionar sobre la base de que se cumplan otros supuestos.

El primero sería un acuerdo político de altísimo nivel que haga que el vicepresidente asuma el cargo vacante, el CNE convoque a elecciones en 30 días, etcétera (quizás John Kerry tenga que reunirse de nuevo con Raúl Castro para que nos arreglen la vida); si no hay acuerdo, la declaratoria de ausencia naufragaría ante el TSJ como todas las leyes que no tengan el consenso oficialista.

El segundo supuesto sería una intervención militar que imponga el imperio de la Constitución; pero esto forma parte de las cosas de las que no se habla, aunque todo el mundo las sepa, por razones de corrección política y hasta de seguridad personal.

HISTORIA CIRCULAR

Es inevitable hacer referencia al caso de Carlos Andrés Pérez que probablemente está en el inicio de todo el descalabro institucional que caracteriza a la Venezuela del siglo XXI como si efectivamente la historia se vengara de quienes no atienden sus lecciones.

En efecto, todo este debate ya se dio durante el período de CAP, los obstáculos eran básicamente los mismos así como las soluciones que se ofrecieron para sortearlos, concluyendo en lo que hoy se considera como un craso error: la judicialización de la política o tratar de resolver los problemas políticos en los tribunales.

Haberse ido por el camino de la responsabilidad penal atribuyéndole un delito espurio, como ese de la malversación genérica porque no se pudo demostrar ningún peculado, hoy se considera como un “sucedáneo perverso” de la responsabilidad política, que es lo que ha debido regularse desde entonces, si se hubiera aprendido algo.

En cambio, aquel aprendizaje le sirvió al régimen para anticiparse a tomar la Fiscalía General y al TSJ, previendo aquella solución desafortunada y como el apremio provenía de los sucesivos intentos de golpe militar, ahora los neutralizan transmutándolos en compañía anónima, para que terminen de hundirse en el excremento del diablo.

Así culmina la destrucción de la poca institucionalidad que se había logrado construir en medio siglo de esfuerzos. Es algo que se admita que no se debió dinamitar la institución presidencial para sacar a un individuo, por mucho que se le haya odiado; pero aun no se ha dado el paso de regular la responsabilidad política, que es el problema de fondo.

Venezuela no tiene un régimen parlamentario que permita que la Asamblea decrete la responsabilidad política del primer ministro, por ejemplo, y se adelanten las elecciones. No se previó ninguna solución institucional al caso CAP y se cayó en lo mismo, andar inventando cómo salir de una situación insostenible mediante alguna argucia más o menos presentable.

La gran paradoja sigue siendo que si los militares son la causa del problema, ¿cómo se van a convertir ahora en parte de la solución?


Luis Marín
23-02-16

2 comentarios:

Héctor Rodríguez INSEL C.A dijo...

Interesante el análisis de vías constitucionales, pero no telegrafía una opinión idea concreta de saberes para iniciar el trabajo del Cambio. Muchas filosofías, pocas directrices para la acción.

Unknown dijo...

No todas las soluciones politicas pueden envolver conceptos filosoficos. La polica se mueve a un ritmo mas popular. No se puede filosofar cuando el pueblo tiene hambre, cuando no tiene medicinas y mucho menos cuando la inseguridad sigue en aumento. Las soluciones para los problemas del pueblo hay que parirlos hay que buscar la solucion antes que llegue una guerra civil donde no se puedan contar los muertos. Actuar es la palabra de orden de quien tenga la potestad de actuar. Es que acaso tenemos tanta ceguera que no somos capaces de ver lo que se avecina?. Dejemos la filosofia a un lado o de lo contrario la nueva Asamblea Nacional se vera implicada en el desasyre por no haber tomado la accion pertinente y con premura.