lunes, 12 de julio de 2010

EDGAR JAIMES - EL DESARROLLO HUMANO SUSTENTABLE Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL (I)


El desarrollo humano sustentable (DHS) se define como un proceso tridimensional cuyo componente principal es el binomio equidad-gobernabilidad (E-G). Sus tres dimensiones son: la socio-económica, la ecológico-ambiental y la político-institucional, incluyendo las interacciones dentro de cada una de ellas y entre una dimensión y otra. El espacio de interacción entre estas dimensiones y la equidad-gobernabilidad definen el sistema territorial donde tiene lugar el DHS, “…porque es el espacio en el cual la población crece, se desenvuelve, transforma y relaciona, por medio de actividades productivas, económicas, sociales y culturales, pero también porque esas acciones modifican el paisaje y se convierte en un reflejo del desarrollo cultural de la población…” (Sergio Sepúlveda, 2008. Biograma: metodología para estimar el nivel de desarrollo sostenible de territorios San José, C.R.: IICA. Ver en: www.iica.int).

De acuerdo con la premisa indicada, el DHS y el ordenamiento territorial (OT) son procesos tan relacionados entre sí (DHS-OT) que uno determina al otro. El eje transverso que califica esta relación es el componente (E-G). En consecuencia a mayor equidad, mejor será la gobernabilidad de un territorio, por lo tanto mayor será el DHS. De allí que el OT sea la expresión resultante de esta cadena de “proceso-respuesta” toda vez que es un proceso permanente que incluye respuestas de carácter político, técnico y administrativo, basado en la toma de decisiones concertadas entre los entes gubernamentales y las comunidades que habitan un determinado territorio, para que la ocupación del mismo sea ordenada y el uso de sus recursos naturales, como los suelos, el agua, los bosques, la fauna, la minería, entre otros; sea realizada de manera sostenible ya que el objetivo permanente es mejorar y mantener la calidad de vida de la población actual y la que en un futuro también la requerirá.

Lo estratégico del OT es que orienta la regulación, promoción, localización y el desarrollo de los asentamientos poblacionales, de sus actividades económicas, sociales y su desarrollo físico espacial, sobre la base de criterios ambientales, económicos, socioculturales, institucionales y geopolíticos, sustentados en procesos descentralizados y participativos a fin de hacer posible el desarrollo integral de la gente.

Es importante señalar que el OT, en función del DHS, debe ser formulado de manera inductiva, desde lo local a lo nacional, toda vez que el municipio es la unidad básica de planificación y gestión del DHS, a través del cual es posible la articulación del desarrollo local con el regional y el nacional ya que toda propuesta de desarrollo debe apoyarse en una Política de Estado, cuyos objetivos permanentes son la inclusión y la cohesión social y territorial, a efectos de promover el bienestar de la sociedad como un todo y de potenciar su contribución estratégica al desarrollo del país,

De allí la importancia de definir un Plan Nacional de Ordenación del Territorio con base en políticas socio-económicas y ecológico-ambientales, cuya finalidad es la de corregir desequilibrios espaciales y sociales; tasas sesgadas de crecimiento y patrones inadecuados de producción, flujos anacrónicos de transporte y movimiento de bienes y servicios, así como el uso insostenible de los recursos naturales que puedan originarse a nivel local o regional.

La eficacia de este plan va a depender de dos factores clave: la cohesión social y la cohesión territorial. La primera está referida a la equidad, el respeto a la diversidad, la solidaridad, la justicia social y la pertenencia, principios constitucionales que definen la gobernabilidad de una parroquia, municipio, estado o el país completo; mientras que la cohesión territorial es entendida como el proceso paulatino de integración espacial de los territorios de una parroquia, municipio, estado o del país, a través de una gestión y distribución balanceada de los recursos. Ese proceso se canaliza por medio de las instituciones públicas y privadas y es promovido por las comunidades que hacen vida en esos territorios.

Con base en los criterios antes expuestos es que los candidatos del MOVPRO a la Asamblea Nacional, en representación del estado Trujillo, propondremos la reforma de la actual Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio, vigente desde el año 2000 y nunca aplicada en Venezuela.

Edgar Jaimes (*)
(*) Candidato a la Asamblea Nacional por la lista del MOVPRO, estado Trujillo.

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